jueves, 5 de marzo de 2015

Solicitamos soluciones al Director General, sobre Comisiones de Servicio Principado de Asturias



Ya el 07 de Marzo de 2014, Alternativa Sindical de Policía a través de su Comité Nacional , expuso al Subdirector de Recursos Humanos del CNP, la situación que viven miles de funcionarios del CNP con legítimas aspiraciones para obtener una de las plazas vacantes que existen en las plantillas de la Jefatura Superior de Policía de Asturias, por lo que se le solicitaba que se fuesen ofertando las mismas en los diferentes Concursos  que se convocasen para evitar agravios y que todos los funcionarios pudiesen optar a ellas en  condiciones de igualdad.

En este sindicato entendemos que, lejos de haber puesto remedio a lo expuesto en el escrito citado, los problemas se mantienen,  agravándose por  la ¨absorción¨  de gran parte de los integrantes de la Unidad Adscrita por parte de la Jefatura Superior de Policía de Asturias.

Por ese motivo,  es por lo que desde el Comité Provincial de Alternativa Sindical de Policía en Asturias, hemos realizado el siguiente escrito  al Director General de la Policía:

SOLICITUD 03/03/2015:
Actualmente en la Jefatura Superior de Policía de Asturias constan un número de adjudicación de puestos de trabajo en la modalidad de Comisión de Servicios en número superior a los 250 funcionarios, situación esta que se define como aquella situación administrativa provisionalísima, que nunca debe ir más allá de los seis meses, renovables por razones justificadas, siendo obligatoria la regularización de esta situación en el plazo mencionado. La Comisión de Servicios engloba dentro de la organización policial un sistema de provisión de puestos de trabajo que sin transparencia y con gran opacidad administrativa se ubican aquellos funcionarios que sin razones preestablecidas se decide sean adjudicados al puesto que se le comisiona y al que deben ser regularizados a la mayor brevedad posible.
                Esta situación en la Jefatura mencionada es, sin lugar a dudas, desproporcionada y de grave desconsideración para aquellos funcionarios que legítimamente aspiran a ocupar plaza en las plantillas de Asturias, por dos situaciones clave en esta situación:
Que aquellos que carecen de plantilla en la Comunidad Asturiana ocupan plaza en el Catálogo de Puestos de Trabajo (en adelante CPT) de la plantilla de procedencia y a la vez plaza en la plantilla asturiana donde se encuentran incardinados en la situación de Comisión de Servicio, no habiendo regularizado esta situación, incluso durante años.
Aquellos funcionarios que poseen puesto de trabajo definitivo en el CPT de la Jefatura Superior de Policía de Asturias, ocupan nuevo puesto en la situación de Comisión de Servicio, en muchos casos de manera indefinida, sin regularización alguna, ocupando de manera orgánica un puesto y de manera funcional otro, lo que conlleva la grave discriminación arriba expuesta.

     Determinados casos de los expuestos, especialmente en la segunda situación definida, permanecen en la misma durante períodos que ya superan  varios años, sin que se puedan motivar el mantenimiento de situación urgente alguna si en el período ya mencionado no se aportado solución, tanto por parte de esta Jefatura Superior como por la Dirección General de la Policía, en competencia de la División de Personal.

   En lo expuesto no se han tenido en cuenta aquellos funcionarios que adscritos a la Unidad de Intervención Policial ocupan plaza definitiva en el CPT de las plantillas asturianas, puesto que estas situaciones no corresponden con la mencionada por poseer regulación propia y competencia definida.

      Igualmente no se ha hecho especial hincapié en los funcionarios que recientemente ocupan plazas en la Jefatura Asturiana, como miembros de facto de la misma al ser disuelta la Unidad Adscrita al Principado de Asturias puesto que ello requiere de un estudio más pormenorizado al haber sido asignados en diferentes modos, unos a plazas de CPT de otras plantillas, incluso centrales, tal como sucede en la Brigada Móvil de Oviedo pero sin desprenderse de su situación en Asturias y otros en comisión de servicios a otras plazas de esta Jefatura, que son discretamente regularizados mediante la pieza administrativa de redistribución de efectivos, olvidando que la misma es definida de manera muy clara en nuestra regulación y prescribe determinados requisitos que deben ser tenidos en cuenta so pena de nulidad del procedimiento o con intencionalidad ser acreedor de reproche por una infracción criminal del Código Penal sobradamente por cualquier miembro del Cuerpo Nacional de Policía.

    No se puede olvidar que la regulación que mantiene a aquellos deportistas de élite en la Comunidad Asturiana contiene unos requisitos que deben ser revisados y controlados para evitar que estas situaciones generen mayor conflicto social del ya presente en la institución policial asturiana con el mantenimiento de plazas ocupadas indebidamente.

       Es relevante conocer que la plantilla posee un grado de desencanto y baja autoestima profesional, muy especialmente aquellos servicios que más se ven afectado por estos movimientos internos y externos, como los propios de los servicios de mayor calado social, como los de Atención al Ciudadano, que ven como mermado el potencial humano deben prestar mayor dedicación y desempeño, en situaciones de mayor control y supervisión, cuando son conocedores de como las plazas que deberían acompañarles en sus servicios se encuentran incardinados en puestos ajenos a sus competencias, puesto que es Seguridad Ciudadana quien más puestos de CPT posee, que puedan ser usados sin posibilidad de control para traspasar funcionarios de unos lugares a otros en la situación provisionalísima mencionada.

           Este hecho deja impotentes igualmente a los supervisores de los servicios, mandos intermedios que deben hacer frente a unos objetivos sin posibilidad de reivindicación alguna por la carencia de personal operativo, puesto que la misma no es constatable al encontrarse el CPT ocupado en muy alto porcentaje y obligaría a detallar cada caso individualmente para recuperar los puestos ocupados, que actualmente ocupan en lugares tales como: Archivo de la Secretaría General, B. de Policía Científica, Automoción, Secretaría General, Brigada Móvil, Vestuario, Brigada de Policía Judicial, Brigada de Información, etc.; con la confrontación directa al sistema establecido que perjudicaría gravemente en sus legítimas aspiraciones profesionales. Es por ello que el peso de la situación mantenida recae fundamentalmente sobre los funcionarios de escala básica y de subinspección que deben prestar un servicio de alta calidad, acorde con los requerimientos sociales actuales y a la vez conjugar una carencia de medios humanos, que realmente no existe en la Jefatura Superior de Policía de Asturias.

         Se SOLICITA, que se dé cumplida cuenta del presente escrito, realizando aquellos controles que sean necesarios para evitar el mantenimiento incontrolado de esta situación, resolviendo la misma, si cabe antes de la publicación del Concurso General de Méritos, para que esas plazas, que sean adscritas por ese procedimiento, sean inclusas en el mismo y puedan desde ese puesto directivo hacer frente a la situación de carencias de expectativas que funcionarios del CNP tienen de acercarse a sus lugares de origen o con raigambre social o cultural y dar así una mayor claridad y transparencia a la organización de esta Institución, que tan valorada es por los ciudadanos españoles. Igualmente aquellas que deban ser convocadas por Concurso Específico de Méritos lo sean a la mayor brevedad posible sin permitir situaciones discrecionales dentro de la organización, independientemente de las escalas y categorías en las que se hallen los funcionarios afectados.

Comité Provincial de Asturias