04 de febrero 2013
D.Rubén Méndez Fernández, actuando en calidad de Secretario Provincial de Asturias de ALTERNATIVA SINDICAL DE POLICIA; Organización Sindical dentro del ámbito del Cuerpo Nacional de Policía inscrita como tal en el Registro Especial de la Dirección General de la Policía, dice:
Que desde la aprobación del Real Decreto ley 2A/20L2 de 13 de julio, se han impartido diversas resoluciones sobre inasistencias al servicio. Desde este sindicato se ha venido observando como desde esta Jefatura Superior se está solicitando a los funcionarios bajo su jurisdicción parte de asistencia médica por: inasistenci,asrde has;ta 3 días, incluyendo que se especifiqué enfeimedad dé! funcionario, en base a resolución de 11 de diciembre de 20L2 del Subdirector General de Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía, que la citada resolución justifica la exigencia para solicitar justificante de asistencia médico para las inasistencias de hasta tres días, en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 20 de diciembre de 2005.
Desde este sindicato entendemos que si bien la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de fecha 28 de diciembre de 2012, excluye en su aplicación a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad. todo ello conforme al artic.ulo 2.1 de dicha norrna, también deja sin efecto,la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de fecha 20 de diciembre de 2005, justificante médico que valide la inasistencia al servicio durante el máximo de 3 días consecutivos o no.
Entendemos que es el criterio del centro directivo, ya que el
Subdirector General de Recursos Humanos modificó la Resolución de 11
de Diciembre de 2012 suprimiendo el párrafo que exigía el
justificante medico por la Secretaría respectiva, adjuntando la
citada resolución al presente escrito.
Por lo que desde este sindicato solicitamos a esa Secretaría
General que impartan las instrucciones oportunas para que se
suspenda de manera inmediata la solicitud de parte de asistencia
médico, para las inasistencias de hasta tres días de duración en
la Jefatura Superior de Policía de Asturias, así como en
lasComisarías Locales de su demarcación, en cumplimiento de
normativa vigente.
Sin, otro particular, reciba un cordial saludo.
El Secretario Provincial de A.S.P. Asturias