martes, 22 de noviembre de 2011

Resultados Elecciones Congreso y Senado 2011

 Resultados Congreso                         Resultados Congreso Asturias

 Resultados Senado                             Resultados Senado Asturias
   
Desde Alternativa sindical de Policía en Asturias, felicitamos al Partito Popular por su victoria en las Elecciones Generales y le deseamos suerte en el gobierno de España, en esta época de especial dificultad. Esta delegación sindical le comunica nuestra disposicion a colaborar para un mejor funcionamiento de la Direccion General de la Policía y la Guardia Civil,  después de una época de maltrato y mal funcionamiento  por parte de la alta jerarquía de la Direccion General y del Ministerio.

Tambien queremos felicitar a IU por haber recuperado gran número de los diputados en el Congreso que habían perdido en anteriores elecciones.

Nuestra especial felicitación a UPYD que continúa incrementando su número de votos, en todas las provincias incrementando su número de diputados en el congreso obteniendo el primer diputado fuera de la Comunidad de Madrid.

Por último felicitar también Foro Ciudadano por haber logrado acceder al Congreso de los diputados con un Diputado por Asturias, irrumpiendo en la política Asturiana en 2011 y consiguiendo representación desde los concejos  de Asturias hasta el Congreso de los Diputados.

Desde ASP Asturiasnos unimos y suscribimosal artículo de la presidenta de AVT publicado en el diario La Razón ver artículo.
Les deseamos suerte y les exigimos trabajo a todos los diputados y Senadores electos, para adoptar las decisiones que más beneficien a España.

                                                          

miércoles, 16 de noviembre de 2011

Apagón en la web Nacional

El Sábado 19/11/2011 a las 22:00 horas se producira un apagón de la web Nacional del sindicato www.asipol.es para poder realizar labores de mantenimiento y cambio de Servidor.
El nuevo servidor sera más rápido y vendrá  a atender la demanda creciente de los servicios web y principalmetne del Aula Virtual de ASP. Nuestros compañeros de mantenimiento de la web creen que la duración del apagón será de unas dos horas aproximadamente y les piden que disculpen las molestias causadas.

jueves, 10 de noviembre de 2011

¿Quien puede pasar a la situación de Segunda Actividad y Cuando?

Debido a  las últimas modificaciones legales, hacemos un breve resumen de quién y cuando puede solictar el pase a la situación de Segunda Actividad 

1.- Por Edad:
1.1                    60 años Escala Superior
                         56 años Escalas Ejecutiva y Subinspección
                         55 años Escala Básica
      Pueden optar a esta opción, previa petición expresa, los funcionarios del CNP en servicio Activo Analogas antes del 31 de diciembre de 2001.

 1.2                   62 años Escala Superior
                         58 años Escalas Ejecutiva, Subinspección , Básica
      Pueden optar a esta opción, previa petición expresa, los funcionarios del CNP en servicio Activo o Analogas a partir del 01 de enero de 2002.

2.- Por Insuficiencia de Aptitudes:  
                       - De oficio por la Administración.
                       - A petición del interesado.
       A cualquier edad y en cualquier situación administrativa (salvo 2ª Actividad, jubilado, suspenso firme
       de funciones, excedencia).

3.- A Petición Própia:
                        Tener cumplidos 25 años de servicio efectivo en el CNP y
                       que se convoquen vacantes en la categoría del funcionario previa solicitud del funcionario
                       (siendo los criterios de resolución, antigüedad, edad, y prioridad en la petición de
                        funcionarios).
     Para más información así como normativa legal al respecto, podeis consultar en las delegaciones  provinciales o al Gabinete de Asuntos Jurídicos del Sindicato

lunes, 7 de noviembre de 2011

Nueva operativa a tener en cuenta

Informamos, a través de la web Nacional de ASP, de la modificación de Dos leyes que afectan a la función Policial.

Los ciudadanos rumanos necesitarán permiso de residencia y trabajo según publica el BOE
Ley Orgánica de modificación de los art 39 bis y 59 bis de la LO 4/2000, y que permite conceder autorización de trabajo y residencia a las víctimas extranjeras que denuncien casos de violencia de género, sgún publica el BOE

viernes, 4 de noviembre de 2011

Medidas complementarias en materia de políticas de empleo y de regulación del régimen de actividad de las FFyCC de Seguridad del Estado

 Real Decreto-ley 14/2011, de 16 de septiembre de medidas complementarias en materia de políticas de empleo y de regulación del régimen de actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
Estimados compañeros:
Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrán permanecer en el servicio activo hasta la edad de jubilación a los 65 años. En este terreno, el Real Decreto Ley establece la posibilidad de permanencia en el servicio activo hasta esta edad. La modificación permite un mejor aprovechamiento de las capacidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y, de este modo, una planificación más adecuada de la futura oferta de empleo público en este ámbito.
La norma suprime la segunda actividad con destino, es decir, la posibilidad de ocupar puestos de trabajo en la situación de segunda actividad, que la opción de permanecer en servicio activo hace en la práctica innecesaria. No obstante, esa posibilidad subsiste para aquellos funcionarios que a la entrada en vigor
de la norma se encuentren en tal situación. Por otra parte, se mantiene la opción de la segunda actividad sin destino a partir de las edades que actualmente recoge la normativa vigente, respetando, además, derechos anteriores en ese sentido.
Igualmente, se modifica el régimen aplicable a determinados miembros de la Guardia Civil para posibilitar su permanencia en servicio activo hasta la edad de 65 años, de forma que los integrantes de las categorías de Cabos y Guardias podrán solicitar la concesión de prórroga para continuar en servicio activo hasta el cumplimiento de la edad de 65 años. La opción de prolongación será voluntaria y por ello no se modifican las actuales edades de pase a la situación de reserva que figuran en su regulación personal, fijada actualmente en sesenta años. De esta manera se respetan los derechos adquiridos, pero se permite con esta medida, mantener un mayor número de efectivos para ejercer las múltiples misiones atribuidas a dicho Cuerpo y, de forma singular, a las tareas de mantenimiento de la seguridad ciudadana.

Secretaría General
ALTERNATIVA SINDICAL DE POLICIA