jueves, 10 de noviembre de 2011

¿Quien puede pasar a la situación de Segunda Actividad y Cuando?

Debido a  las últimas modificaciones legales, hacemos un breve resumen de quién y cuando puede solictar el pase a la situación de Segunda Actividad 

1.- Por Edad:
1.1                    60 años Escala Superior
                         56 años Escalas Ejecutiva y Subinspección
                         55 años Escala Básica
      Pueden optar a esta opción, previa petición expresa, los funcionarios del CNP en servicio Activo Analogas antes del 31 de diciembre de 2001.

 1.2                   62 años Escala Superior
                         58 años Escalas Ejecutiva, Subinspección , Básica
      Pueden optar a esta opción, previa petición expresa, los funcionarios del CNP en servicio Activo o Analogas a partir del 01 de enero de 2002.

2.- Por Insuficiencia de Aptitudes:  
                       - De oficio por la Administración.
                       - A petición del interesado.
       A cualquier edad y en cualquier situación administrativa (salvo 2ª Actividad, jubilado, suspenso firme
       de funciones, excedencia).

3.- A Petición Própia:
                        Tener cumplidos 25 años de servicio efectivo en el CNP y
                       que se convoquen vacantes en la categoría del funcionario previa solicitud del funcionario
                       (siendo los criterios de resolución, antigüedad, edad, y prioridad en la petición de
                        funcionarios).
     Para más información así como normativa legal al respecto, podeis consultar en las delegaciones  provinciales o al Gabinete de Asuntos Jurídicos del Sindicato