Hemos recibido respuesta del Consejo de la Policía en relación a la solicitud Modificación del artículo 4 de la Orden INT/1409/2011, de 10 de mayo de 2011 por la que se crea la Conderacoración al Servicio Policial.
El
pasado día 29 de Septiembre del año en curso ASP remitió escrito número
41/2011 donde se solicitaba al Consejo de la Policía se procediera a la
modificación del artículo 4 de la Orden INT 1409/2011, de 10 de mayo,
sobre Condecoraciones al Servicio Policial para que se incluyera en el
mismo a los
funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que se encuentran en la situación de segunda actividad y que cumplan el tiempo mínimo exigido.
funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que se encuentran en la situación de segunda actividad y que cumplan el tiempo mínimo exigido.
Con fecha
del día 6 de Octubre, con registro de salida número 674 de fecha del día
7 de Octubre, por el Secretario del Consejo de Policía se contesta a
esta Organización Sindical manifestando que nuestra solicitud había sido
remitida a la Unidad de Coordinación, siguiendo instrucciones del
Presidente del
Consejo de la Policía.
Esperamos que la demanda realizada por ASP sea reconocida y que puedan verse incluidos los compañeros que han prestado sus servicios por el tiempo mínimo exigido en la concesión a la Condecoración al Servicio Policial.
Consejo de la Policía.
Esperamos que la demanda realizada por ASP sea reconocida y que puedan verse incluidos los compañeros que han prestado sus servicios por el tiempo mínimo exigido en la concesión a la Condecoración al Servicio Policial.
Un cordial saludo.
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE ALTERNATIVA SINDICAL DE POLICÍA